¿Qué es el Censo Electoral?

El censo electoral contiene la inscripción de quienes reúnen los requisitos para ser elector y no se hallen privados, definitiva o temporalmente, del derecho de sufragio.

El censo electoral está compuesto por:

  • El censo electoral de españoles residentes en España (CER).
  • El censo de los electores residentes-ausentes que viven en el extranjero (CERA).

Y es único para todos los tipos de elecciones que se celebran en España, a excepción de elecciones municipales incluidas las elecciones a Cabildos, a Consejos Insulares, al Consejo General del Valle de Arán y a Juntas Generales, que es indispensable figurar inscrito en el CER.

Además contiene:

  • El censo electoral de extranjeros residentes en España (CERE) para las elecciones municipales
  • El censo electoral de extranjeros residentes en España (CERE) para las Elecciones al Parlamento Europeo.

El censo electoral es permanente y su actualización es mensual con referencia al día primero de cada mes. Los electores pueden presentar reclamaciones al censo electoral en cualquier momento.

La actualización mensual del censo electoral se realiza fundamentalmente con la información recibida de oficio de los Ayuntamientos, Oficinas Consulares, encargados del registro Civil y con las reclamaciones al censo electoral que resulten estimadas.

Durante cada mes se forma el censo cerrado el día primero de ese mes con las variaciones enviadas a la Oficina del censo Electoral hasta el penúltimo día del mes anterior y tramitadas ese mes.

El censo electoral vigente para una elección es el cerrado el día primero del segundo mes anterior al de la fecha de su convocatoria, con las inscripciones de quienes tengan la mayoría de edad el día de la votación.

Para realizar este trámite online se requiere DNI Electrónico, Certificado Digital o Pin 24 horas.

Tramite Online

En la web del Intituto Nacional de estadistica

Web INE