¿Qué es el IBI?

El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) puede ser fraccionado en dos pagos, en el caso de tenerlo domiciliado, con lo que se consigue una bonificación de un 5% de la cuota de IBI con un máximo de 200 € por recibo.

  • Primer plazo: por importe del 60% de la cuota, se carga en la cuenta bancaria el 1 de julio
  • Segundo plazo: por el 40% restante, menos la bonificación del total se carga en cuenta el último día del pago voluntario del impuesto, a mitad de octubre (ver calendario fiscal cada año).

¿Cómo solicitar el fraccionamiento?

  1. La solicitud deberá formularse antes del 31 de enero del ejercicio para el que se solicite.
  2. Esta solicitud tendrá validez para ejercicios sucesivos y por tiempo indefinido, debiendo comunicar al Ayuntamiento
    cualquier variación antes del 31 de enero de cada ejercicio.
  3. Si no se hiciera efectivo el pago del primer plazo, este sistema especial de pago quedará automáticamente cancelado sin más trámite  y se perderá la bonificación del 5 %.
  4. Si no se hiciera efectivo el 2º pago, se iniciará la vía de apremio por la cantidad pendiente de pago sin bonificación.

¿Qué datos y documentación tengo que aportar?

  • Datos de la cuenta bancaria en la cual se domicilian los recibos.
  • Referencia catastral de los inmuebles.
  • Fotocopia DNI del solicitante y del representante, en su caso, así como el documento de Autorización de representación firmada.

Para realizar este trámite presencialmente deberá descargar la siguiente solicitud y entregarla debidamente cumplimentada en la Oficina de Registro General del Ayuntamiento.

Plaza de la Constitución, 3, planta baja
Lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Descarga la Solicitud de Sistema Especial de Pago del IBI

Solicitar información

Área de Recaudación y Económica del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial.

Plaza de la Constitución, 3, planta baja
Lunes a viernes de 9:00 a 14:00
918 903 644 (ext 163)
informacion@aytosanlorenzo.es