El Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial permite el fraccionamiento del pago de deudas municipales en caso de dificultades económicas temporales.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona o entidad con deudas tributarias municipales que no pueda hacer frente al pago en un único plazo.

Requisitos y limitaciones

  • Deudas fraccionables: Todas las deudas municipales, salvo excepciones.
  • No pueden fraccionarse: 
    • Deudas menores de 300 € (excepto en casos de desempleo o con informe de Servicios Sociales).
    • Multas o sanciones administrativas en periodo de reducción.
    • Tasas vinculadas a servicios municipales (matrimonios, retirada de vehículos, cementerio, servicios urbanísticos, rodajes, etc.)
    • Deudas en periodo ejecutivo que no incluyan la totalidad de lo adeudado.
    • Las derivadas de la ocupación del dominio público con motivos de puestos, materiales de construcción y otras actuaciones de carácter temporal.

Condiciones del fraccionamiento

  • El pago será mensual y mediante domiciliación bancaria.
  • Cuota mínima de 50 € por mes.
  • Duración máxima según el importe adeudado:
    • Para deudas inferiores a 800 euros: máximo 6 meses.
    • Entre 800 euros y 2.000 euros: máximo 12 meses.
    • Más de 2.000 euros y hasta 3.000 euros: máximo 15 meses.
    • Más de 3.000 euros y hasta 12.000 euros; máximo 24 meses.

Plazo de solicitud

  • Si la deuda está en periodo voluntario: Se debe solicitar antes de su vencimiento*.
  • Si está en periodo ejecutivo: Se puede pedir en cualquier momento antes de la notificación del acuerdo enajenación de bienes.

*A falta del pago de la deuda comienza el periodo ejecutivo. En este caso se incluirá siempre el recargo de apremio del 20 por 100 (los recargos reducidos del periodo ejecutivo del 5 o del 10 por 100 exigen el pago íntegro de la deuda).

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo normalizado
  • Documentos que acrediten la representación
  • Identificación de la deuda a fraccionar
  • En los casos en los que se necesite aportar garantía, compromiso de aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o de certificado de seguro de caución.
  • Documentación que acredite la dificultad transitoria de tesorería:
    • Para personas físicas: copia de la última nómina, declaración de IRPF o certificado de la AEAT de no necesidad, justificante de desempleo, certificado de prestaciones por jubilación, etc.
    • Para personas jurídicas: copia de la última declaración del Impuesto sobre Sociedades, IVA, etc.

¿Cuánto tiempo tarda la resolución?

Dependerá de la comprobación de los datos aportados, pero se puede establecer un calendario provisional de pagos mientras se tramita la solicitud.

¿Tiene algún coste adicional?

Sí, los pagos fraccionados generan intereses de demora según la Ley General Tributaria.

¿Qué pasa si no cumplo con los pagos acordados?

El impago de alguna cuota puede llevar a la cancelación del fraccionamiento y al inicio del procedimiento ejecutivo de cobro.

Área de Recaudación y Económica del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial.
Plaza de la Constitución, 3, planta baja
Lunes a viernes de 9:00 a 14:00
918 903 644

Oficina de Registro General

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