¿En qué consiste el derecho al acceso a la información?

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la información pública y Buen gobierno, la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid y la Ordenanza de Transparencia, de acceso a la información, reutilización de los  datos y buen gobierno (art. 6) establecen que los ciudadanos tienen derecho a:

  • Acceder a la información sujeta a obligaciones de publicidad.
  • A ser informados de si los documentos que contienen la información solicitada o de los que puede derivar dicha información obran o no en poder del órgano o entidad, en cuyo caso, estos darán cuenta del destino dado a dichos documentos.
  • A ser asistidos en la búsqueda de información.
  • A recibir el asesoramiento adecuado y en términos comprensibles para el ejercicio del derecho de acceso.
  • A recibir información solicitada dentro de los plazos y en la forma y canal elegido de acuerdo con la legislación.
  • A conocer las razones en las que se fundamenta la denegación del acceso a la información solicitada y, en su caso, realizada en una forma y canal distinto al elegido.
  • A obtener la información solicitada de forma gratuita, sin perjuicio de abono, en su caso, de las tasas que correspondan por la expedición de copias, por su paso a formatos diferentes del original.

Para solicitar más información contacata con la Oficina de Registro General del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial.

Como usar la validación de documentos.

1.- Encontrará el Código de Validación en cada uno de los Documentos Digitales expedidos por nuestra Entidad Local.
2.- Introduzca su Código de Validación en el primer campo del formulario de nuestra Sede Electrónica
3.- A continuación, nuestro sistema informático le informará de la validez positiva o negativa de su Código de Validación. En caso de resultar positiva, pulsando en el botón descargar podrá descargarse una copia del Documento Digital en cuestión.

Validación de documentos

CSV – Código Seguro de Verificación

El Código Seguro de Verificación (CSV) es un término informático que designa al código único que identifica a un documento electrónico en la Administración Pública española. Este código alfanumérico suele aparecer en todos los documentos electrónicos emitidos por medios telemáticos. El término fue introducido por la Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, conocida también como LAECSP o Ley 39/2015. En concreto, el CSV está referenciado en dos artí­culos de la Ley:

Artículo 18.1.b): «Código seguro de verificación vinculado a la Administración Pública, órgano o entidad y, en su caso, a la persona firmante del documento, permitiéndose en todo caso la comprobación de la integridad del documento mediante el acceso a la sede electrónica correspondiente»

Artículo 30.5: «Las copias realizadas en soporte papel de documentos públicos administrativos emitidos por medios electrónicos y firmados electrónicamente tendrán la consideración de copias auténticas siempre que incluyan la impresión de un código generado electrónicamente u otros sistemas de verificación que permitan contrastar su autenticidad mediante el acceso a los archivos electrónicos de la Administración Pública, Órgano o entidad emisora.»

Oficina de Registro General

Plaza de la Constitución, 3, planta baja
Lunes a viernes de 9:00 a 14:00
918 903 644 (ext 103)