El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) puede ser fraccionado en dos pagos, en el caso de tenerlo domiciliado, con lo que se consigue una bonificación de un 5% de la cuota de IBI con un máximo de 200 € por recibo.
- Primer plazo: por importe del 60% de la cuota, se carga en la cuenta bancaria el 1 de julio
- Segundo plazo: por el 40% restante, menos la bonificación del total se carga en cuenta el último día del pago voluntario del impuesto, a mitad de octubre (ver calendario fiscal cada año).
¿Cómo solicitar el fraccionamiento?
- La solicitud deberá formularse antes del 31 de enero del ejercicio para el que se solicite.
- Esta solicitud tendrá validez para ejercicios sucesivos y por tiempo indefinido, debiendo comunicar al Ayuntamiento
cualquier variación antes del 31 de enero de cada ejercicio. - Si no se hiciera efectivo el pago del primer plazo este sistema especial de pago quedará automáticamente cancelado sin
más tramite , y se perderá la bonificación del 5 %. - Si no se hiciera efectivo el 2a pago se iniciará la vía de apremio por la cantidad pendiente de pago sin bonificación.
Datos para realizar este trámite
- Datos de la cuenta bancaria en la cual se domicilian los recibos.
- Referencia catastral de los inmuebles.
Documentación a aportar
- Fotocopia DNI del solicitante y del representante, en su caso, así como el documento de Autorización de representación firmada
Para realizar este trámite online se requiere DNI Electrónico, Certificado Digital o Pin 24 horas.
Para realizar trámite presencialmente deberá descargar la siguiente solicitud y entregarla debidamente cumplimentada en la oficinas de registro del Ayuntamiento (Plaza de la Constitución, Nº3, Planta Baja).
Área de Recaudación y Económica del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial
- Plaza de la Constitución, 3, planta baja.
- 91 890 36 44 (ext 163)
- Atención mediante correo electrónico y cita previa: citapreviatributos@aytosanlorenzo.es
- rentas@aytosanlorenzo.es, cobros@aytosanlorenzo.es
Normativa aplicable