¿Quién puede realizar una domiciliación bancaria?

Los titulares de los recibos municipales pueden domiciliar el pago de dichas deudas en cuentas abiertas en entidades financieras. Para ello deberán dirigir la Solicitud de Domiciliación al Ayuntamiento, indicando el/los tributos que desean domiciliar y la cuenta en la que se va a efectuar dicha domiciliación.

¿Cómo realizo la domiciliación?

  1. Esta domiciliación se comunicará al servicio de Recaudación Municipal al menos dos meses antes del comienzo del periodo recaudatorio. En otro caso, surtirá efecto a partir del ejercicio económico siguiente.
  2. Esta solicitud tendrá validez para sucesivos vencimientos, por tiempo indefinido, de no hacer indicación en contrario el contribuyente, quien podrá anularla o trasladarla a otra entidad.
  3. La domiciliación quedará anulada si no pudieran hacerse efectivos los valores por falta de previsión de fondos o por cualquier otra circunstancia, quedando incursos en apremio.
  4. Cualquier variación que se produzca deberá ser comunicada a esta Recaudación, quedando sin efecto la domiciliación, en caso de no hacerlo

¿Qué datos y documentación necesito?

Para realizar este trámite online se requiere DNI Electrónico, Certificado Digital o Pin 24 horas.

Tramite Online

Para realizar trámite presencialmente deberá descargar la siguiente solicitud y entregarla debidamente cumplimentada en la oficinas de registro del Ayuntamiento (Plaza de la Constitución, Nº3, Planta Baja).

Descarga la solicitud

Área de Recaudación y Económica del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial

  • Plaza de la Constitución, 3, planta baja.
  • 91 890 36 44 (ext 163)
  • Atención mediante correo electrónico y cita previa: citapreviatributos@aytosanlorenzo.es
  • informacion@aytosanlorenzo.es,