¿Qué es y a quién va dirigido?

Los titulares de familia numerosa pueden solicitar a una bonificación en el Impuesto de Bienes Inmuebles de:

  • 20 % de bonificación en familias numerosas de categoría general
  • 60 % de bonificación en familia numerosa de categoría especial

Para la adecuación de las familias numerosas que tengan reconocido y vigente un título conforme a la anterior escala, se actuará conforme a los criterios establecidos en la disposición transitoria primera de la Ley 40/2003.

Esta bonificación se concederá a los titulares de familia numerosa que además reúnan los siguientes requisitos:

  • a) Que el inmueble sea la vivienda habitual y en el mismo se encuentre censada la familia.
  • b) Que los titulares de la familia (padre y/o madre) no dispongan de otros inmuebles con uso vivienda, este extremo se acreditará mediante certificación registral. El disfrute de esta bonificación excluirá el disfrute de otras bonificaciones en el impuesto.

El disfrute de esta bonificación excluirá el disfrute de otras bonificaciones en el impuesto, con excepción a las vinculadas a las modalidades de ingreso.

¿Cuáles son los plazos para solicitarla?

Las solicitudes deberán presentarse hasta el 31 de marzo del mismo ejercicio en el que deban surtir efectos. Las presentadas con posterioridad se aplicarán, en caso de estimarse, para el ejercicio siguiente.

La bonificación permanecerá vigente, una vez concedida, en tanto se mantengan los requisitos que motivaron el otorgamiento y, como máximo, hasta la fecha de caducidad del título de familia numerosa.

En los casos de renovación o modificación del Título de Familia Numerosa, se deberá presentar una nueva solicitud, hasta el 31 de marzo del ejercicio para el que deba surtir efectos, adjuntando copia del nuevo título.

Los beneficiarios están obligados a comunicar cualquier variación que afecte a esta bonificación. El incumplimiento de los requisitos exigidos para la bonificación determinará la pérdida del derecho a su aplicación, debiendo reintegrarse a la Hacienda local el beneficio fiscal indebidamente aplicado.

Para realizar este trámite online se requiere DNI Electrónico, Certificado Digital o Pin 24 horas.

Tramite Online

Para realizar trámite presencialmente deberá descargar la siguiente solicitud y entregarla debidamente cumplimentada en la oficinas de registro del Ayuntamiento (Plaza de la Constitución, Nº3, Planta Baja).

Descarga la solicitud

Área de Recaudación y Económica del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial

  • Plaza de la Constitución, 3, planta baja.
  • 91 890 36 44 (ext 163)
  • Atención mediante correo electrónico y cita previa: citapreviatributos@aytosanlorenzo.es
  • rentas@aytosanlorenzo.es, cobros@aytosanlorenzo.es

La renovación anual de la bonificación en el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) precisará, únicamente, la presentación y cumplimentación de la declaración jurada establecida en modelo afecto.

En los casos de renovación o modificación del Título de Familia Numerosa, se deberá presentar una nueva solicitud, hasta el 31 de marzo del ejercicio para el que deba surtir efectos, adjuntando copia del nuevo título.

Los beneficiarios están obligados a comunicar cualquier variación que afecte a esta bonificación. El incumplimiento de los requisitos exigidos para la bonificación determinará la pérdida del derecho a su aplicación debiendo reintegrarse a la Hacienda local el beneficio fiscal indebidamente aplicado.

Para realizar este trámite online se requiere DNI Electrónico, Certificado Digital o Pin 24 horas.

Tramite Online

Para realizar trámite presencialmente deberá descargar la siguiente solicitud y entregarla debidamente cumplimentada en las oficinas de registro del Ayuntamiento (Plaza de la Constitución, Nº3, Planta Baja).

Descarga la solicitud

Área de Recaudación y Económica del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial

  • Plaza de la Constitución, 3, planta baja.
  • 91 890 36 44 (ext 163)
  • Atención mediante correo electrónico y cita previa: citapreviatributos@aytosanlorenzo.es
  • rentas@aytosanlorenzo.es, cobros@aytosanlorenzo.es